Referidos del Asociado
Hijo(a) mayor de 26 años - Hermano(a) - Abuelo(a) - Nieto(a) - Suegro(a) - Pad/Madrastra - Hijastro(a) - Tío(a) - Sobrino(a) - Cuñado(a)
- En Asamblea Nº 002/2025 del 25 de noviembre de 2025, fue aprobado el Sistema de Referidos de Familiares No Beneficiarios del Asociado.
- El sistema consiste en permitir el acceso a servicios básicos del IPPLUZ para familiares cercanos a los beneficiarios inscritos. Es decir, podrán tener acceso a medicina general, medicina especializada, servicio de laboratorio, servicio de radiología, estudios especiales disponibles, Mapa, Holter, etc. Todo ello, a un precio competitivo, sin menoscabar el acceso preferencial que por su condición de beneficiario tendrá el carnetizado oficial del IPPLUZ.
- Para que el referido comience a tener acceso, es necesaria la presentación de documentación probatoria, un pago administrativo de USD 5,00 por el año (enero a diciembre) mas la elaboración del carné del IPPLUZ en USD 3,00. Es decir, un pago único por el año de USD 8,00 a tasa BCV.
- Los documentos necesarios, según sea el caso, son:
- Cédula de identidad
- Acta de matrimonio o Relación de hecho
- Partida de nacimiento
- El pago y toda la documentación será consignada en línea, ingresando a nuestra pagina web www.ippluz.com, cuya respuesta de aceptación se dará una vez se verifiquen los documentos.
- Con esta sabia decisión de la Asamblea de Asociados, en los actuales momentos el profesor amplía el circulo de protección a sus familiares en cuanto a servicios de:
- Medicina general en USD 10,00;
- Medicina especializada en USD 20,00;
- Mapas/Holter en USD 24,00;
- Acceso a laboratorio;
- Enfermería;
- Odontología;
- Terapia Respiratoria;
- Electrocardiografía, entre otros.
- En tal sentido, el asociado podrá referir a: Hijo(a) de 27 años o mayor, Hermano(a), Abuelo(a), Nieto(a), Suegro(a), Padrastro/Madrastra, Hijastro(a), Tío(a), Sobrino(a) y/o Cuñado(a), cuya documentación (indicada a continuación) pruebe la vinculación:
Casos específicos contemplados
- La columna "Condición" en la tabla anterior, se refiere a que, para que el referido sea aceptado debe cumplirse la condición descrita en la columna. A continuación, dos ejemplos:
- — Todos los asociados pudieran tener cuatro (4) abuelos para referir. Ellos son, dos (02) abuelos paternos y dos (02) abuelos maternos. En tal sentido, para referir a la "Abuela paterna" es necesario que el familiar que origina la vinculación en parentesco entre el asociado y el abuelo, en este caso el "Padre del Asociado" se encuentre inscrito en el IPPLUZ (En base de datos) al momento de llenar el formulario P450.
- — Todos los asociados pudieran tener muchos sobrinos para referir. Ellos son, los hijos e hijas de los hermanos y hermanas del asociado. En tal sentido, para referir al "Hijo de la hermana mayor" es necesario que el familiar que origina la vinculación en parentesco entre el asociado y el sobrino, en este caso la "Hermana mayor del Asociado" se encuentre referida por el asociado en el IPPLUZ (En base de datos) al momento de llenar el formulario P450.
- En la "Condición" queda - obviamente - exceptuado para inscribir o referir el familiar fallecido. En ese caso, se debe adjuntar al formulario P450 la correspondiente acta de defunción.
P450 - Solicitud de registro de referidos
Por favor, si ya usted tiene a su referido registrado, no vuelva a llenar el formulario para el mismo referido. Esto solo traerá errores y/o retrasos. Cumplido el año o cerca del vencimiento se indicará para renovación del referido por un año adicional.

